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El sistema actual no funciona y casi todos lo sabemos. Hasta que la reforma ocurra, los extranjeros en los Estados Unidos deben de tomar las debidas precauciones para evitar problemas con el departamento de inmigración. Cualquier persona que haya entrado a los Estados Unidos sin una Visa, o a quienes su I-94 y/o Visa expiró, o fue arrestado por cualquier tipo de cargo, no debe de aplicar a ningún beneficio sin antes consultar con un abogado ( No a un Notario, cuya ayuda ha sido proscrita por el estado de Illinois debido al daño causado por tantas personas). Existe demasiada desinformación con respecto al derecho de inmigración. Por ejemplo, muchas personas no se dan cuenta que salvo raras excepciones, si usted entró a los Estados Unidos sin pasar por la inspección del Departamento de Inmigración, o si se casó con un ciudadano de los Estados Unidos, eso no hará ninguna diferencia a su condición jurídica y usted muy probablemente será deportado, incluso si usted tiene hijos ciudadanos de los Estados Unidos o si usted presenta una petición de inmigrante para un familiar que ha estado presente ilegalmente en los Estados Unidos y esta persona sale del país para presentarse en el consulado estadounidense y regresar con su Visa de petición familiar, debe de saber que al presentarse a su entrevista, es muy probable que este familiar suyo sea sancionado y le impidan la entrada a los Estados Unidos por los siguientes 10 años. Otro problema que es muy común, es cuando un residente permanente que tiene antecedentes penales (Criminal Record) aplica para la ciudadanía, no entiende que esto lo podría llevar a perder su estatus de residente permanente y acto seguido, sea deportado. Esta situación generalmente habría podido ser evitada si la persona hubiese aplicado para la ciudadanía cuanto antes, o si la persona hubiese utilizado a un abogado calificado podría haberle asesorado sobre las consecuencias de penalidades criminales al momento de hacer o llegar a un acuerdo de la reclamación. |
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Marque A-M-E-R-I-C-A, esta disponible con los siguientes códigos de área 312, 708, 847, 773, 815 y 414. Para las áreas 630 y 219, por favor use cualquiera de los códigos anteriores. |
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